A más tardar el 26 de julio de 2026, los países de la UE deben adoptar y publicar las leyes y regulaciones necesarias para cumplir con la nueva Directiva (UE) 2024/1760 sobre diligencia debida de las empresas en sostenibilidad. Esta directiva, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 13 de junio de 2024, establece obligaciones para las empresas sobre los impactos negativos en derechos humanos y medio ambiente de sus operaciones y las de sus filiales y socios comerciales.
La normativa impone a las empresas la responsabilidad de identificar, prevenir, mitigar y reparar los efectos adversos reales y potenciales en derechos humanos y medio ambiente. Las empresas deben adoptar un plan de transición climática para alinear su modelo de negocio con una economía sostenible y limitar el calentamiento global a 1,5 °C, conforme al Acuerdo de París.
Esta directiva no exime a las empresas de cumplir con otras normativas de la UE relacionadas con derechos humanos, laborales, sociales, protección ambiental y lucha contra el cambio climático. Definido en el artículo 2, el objetivo es que las empresas contribuyan al desarrollo sostenible y la transición económica y social, identificando y gestionando los impactos adversos de sus operaciones y las de sus socios comerciales. La normativa también garantiza el acceso a la justicia y remedios para los afectados.
Los Estados miembros deben asegurar que las empresas actúen con diligencia debida en derechos humanos y medio ambiente, compartiendo recursos e información dentro de sus grupos y con otras entidades jurídicas. Aunque deben tomar medidas adecuadas, no se les exige eliminar completamente los efectos adversos en todas las circunstancias.
El proceso de diligencia debida incluye seis etapas: integración en políticas, identificación de impactos, prevención y mitigación de efectos adversos, monitoreo y evaluación de medidas, comunicación y reparación.
Las empresas matrices pueden cumplir algunas obligaciones de diligencia debida en nombre de sus filiales, siempre que sea efectivo. Las responsabilidades civiles de las filiales por daños se mantienen, incluso si las obligaciones fueron cumplidas por la matriz.
Los socios comerciales no están obligados a revelar secretos comerciales, pero deben proporcionar información esencial para identificar impactos adversos. La directiva también aboga por apoyo a nivel de grupo para cumplir con la diligencia debida.
Las empresas deben integrar la diligencia debida en sus políticas y sistemas de gestión, desarrollando una política de diligencia debida en consulta con empleados y representantes. Esta política debe incluir un código de conducta y un proceso de implementación y monitoreo.
Las empresas deben detectar y evaluar los impactos adversos reales y potenciales de sus operaciones y las de sus socios. Si no pueden obtener toda la información necesaria, deben explicar por qué y tomar medidas para obtenerla. La prevención y mitigación de efectos adversos debe priorizarse según su gravedad y probabilidad.
Las empresas deben establecer mecanismos para que personas y organizaciones presenten reclamaciones sobre impactos adversos. Los reclamantes deben tener acceso a un procedimiento justo y a la posibilidad de reunirse con representantes de la empresa para discutir soluciones.
Las empresas deben publicar anualmente en su sitio web una declaración sobre sus políticas y actividades de diligencia debida. Desde 2029, deben presentar esta declaración a un organismo de recopilación designado por la Comisión Europea.
La Comisión emitirá directrices y creará un servicio de ayuda único para apoyar a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones de diligencia debida. Los Estados miembros también deben proporcionar información y asistencia a través de plataformas especializadas.
Las empresas deben adoptar un plan de transición climática para alinear su modelo de negocio con la limitación del calentamiento global a 1,5 °C y la neutralidad climática para 2050. Este plan debe actualizarse anualmente.
Cada empresa debe designar un representante autorizado en los Estados miembros donde opera. Las autoridades de control nacionales, independientes de las empresas, supervisarán el cumplimiento de la normativa. La Comisión creará una red europea para coordinar y armonizar la regulación, investigación, sanción y control de las autoridades de control.
Los Estados miembros deben establecer sanciones disuasorias y eficaces, incluyendo sanciones pecuniarias basadas en el volumen de negocios mundial de la empresa. Las víctimas deben tener acceso a indemnización completa por daños y perjuicios, con plazos de prescripción de al menos cinco años.
Finalmente, la directiva modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y el Reglamento (UE) 2023/2859, entrando en vigor el 25 de julio de 2024. Los Estados miembros deben aplicar las medidas a partir de julio de 2027 para grandes empresas, y a partir de 2029 para todas las demás empresas afectadas.
Autor: AGERS