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¿Se acerca una nueva era para las acciones colectivas en España? El modelo “opt-out”, de nuevo sobre la mesa. Un nuevo análisis elaborado por DAC Beachcroft

El pasado 14 de marzo de 2025, se publicó un nuevo proyecto de Ley que podría transformar la forma en la que se ejercen las acciones colectivas en nuestro país. Esta iniciativa legislativa reabre el debate sobre la implantación del modelo «opt-out» como sistema por defecto para este tipo de procedimientos, una propuesta que ya había sido planteada en intentos anteriores, pero que hasta la fecha no logró superar la fase parlamentaria.

Este análisis ha sido elaborado por Juan Calvente Henche, Legal Director en DAC Beachcroft, con información ofrecida por DAC Beachcroft, firma especializada en derecho de seguros, responsabilidad civil y resolución de disputas.

¿Qué se propone exactamente?

El objetivo de esta nueva normativa es establecer un marco procesal ágil y efectivo que permita a colectivos de consumidores reclamar daños y perjuicios de manera conjunta, garantizando así una protección real y eficaz de sus derechos. Aunque la Directiva europea que da origen a este debate no impone un modelo único, deja en manos de los Estados miembros la elección entre:

  • Modelo «opt-in»: Los consumidores deben manifestar de forma expresa su voluntad de adherirse a la acción colectiva.
  • Modelo «opt-out»: Todos los consumidores afectados se consideran incluidos por defecto, salvo que manifiesten expresamente su deseo de no participar.

¿Por qué es relevante para el sector?

Desde una perspectiva de gestión de riesgos, el modelo «opt-out» podría tener un impacto significativo. Al incluir por defecto a todos los consumidores afectados, se prevé un incremento en las cuantías reclamadas y, por tanto, un aumento del riesgo para las entidades demandadas. Este sistema también podría incentivar una mayor litigiosidad, al facilitar la presentación de demandas colectivas de mayor alcance.

No obstante, estos efectos se ven atenuados por el hecho de que la legitimación activa queda reservada a entidades representativas de los consumidores, legalmente constituidas y autorizadas. Es decir, no se abre la puerta a que cualquier consumidor afectado pueda interponer una acción colectiva de forma individual o directa.

¿Qué ha pasado hasta ahora?

  • Enero de 2023: El primer anteproyecto de Ley proponía, por primera vez en España, el modelo «opt-out». Sin embargo, no prosperó tras la disolución de las Cortes por las elecciones generales.
  • 2024: Se volvió a plantear este modelo, pero el texto no obtuvo el respaldo necesario en el Parlamento.
  • Marzo de 2025: Se publica el nuevo proyecto de Ley, que vuelve a apostar por el «opt-out», salvo en aquellos casos en los que las cantidades reclamadas superen los 3.000 euros por beneficiario. En esos supuestos, y si el tribunal lo estima oportuno, se aplicaría el modelo «opt-in» más conservador.

¿A la tercera irá la vencida?

El proyecto se encuentra actualmente en fase de enmiendas y tramitación parlamentaria. Desde AGERS, observamos con interés la evolución de este marco normativo, por el potencial impacto que puede tener tanto en el riesgo legal de las organizaciones como en la configuración de sus programas de seguros de responsabilidad civil.

Estaremos atentos para valorar, cuando el texto esté definitivamente aprobado (si es que finalmente lo está), qué implicaciones concretas tendrá para gerentes de riesgos, aseguradoras, corredurías y empresas, especialmente aquellas con una fuerte interacción con colectivos de consumidores.

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